Administrador de Contratos - Civil
Somos Compañía Minera Lincuna, empresa 100% de capitales peruanos, operando desde 2016 en la Cordillera Negra entre los 3,800 a 4,400 msnm en el departamento de Áncash. Nos dedicamos a la exploración, explotación, tratamiento y comercialización de minerales metálicos.
¿Qué perfil buscamos?
- Titulado y Colegiado en Ingeniería Civil, Ingeniería Mecánica o Ingeniería Industrial.
- Experiencia mínima de 05 años en administración de contratos de obras civiles, electromecánicos, infraestructura o proyectos industriales.
- Experiencia mínima general de 8 años en proyectos de infraestructura y/o minería.
- Conocimiento en gestión contractual, valorizaciones, liquidaciones, reclamos y control de obras.
Responsabilidades
- Administrar los contratos de obras civiles/electromecánicas, consultorías y servicios asociados a los proyectos de infraestructura.
- Elaborar, revisar y gestionar contratos, adendas, ampliaciones de plazo, adicionales, deductivos y demás modificaciones contractuales.
- Realizar el seguimiento al cumplimiento del alcance, cronograma, presupuesto y condiciones establecidas en los contratos.
- Coordinar con las áreas de Ingeniería, Proyectos, operaciones, Logística, Legal y Finanzas la gestión contractual de los proyectos.
- Revisar y controlar valorizaciones, estados de pago y documentación de sustento presentada por contratistas.
- Administrar el control documental de contratos, informes, correspondencia, planos, actas y demás registros contractuales.
- Evaluar el desempeño de contratistas durante la ejecución de las obras.
- Identificar riesgos contractuales y proponer acciones preventivas o correctivas durante la ejecución del proyecto.
Beneficios:
- Planilla completa, pagos quincenales.
- EPS al 100% para ti y tu familia.
- Pago de utilidades.
- Alimentación y habitabilidad cubierta al 100%.
- Transporte cubierto desde principales ciudades del país.
Compañía Minera Lincuna no solicita ningún tipo de pago o abono para participar en procesos de reclutamiento y selección. Asimismo, no hace ningún tipo de discriminación de conformidad con la Ley N°28983 y también promueve la inclusión de la persona con discapacidad de conformidad con la Ley N°29973.